El nuevo examen del carnet de conducir y los ADAS: ¿Qué pasa si actúan?

¿Se considera fallo la intervención de los sistemas de ayuda a la conducción?

Acaba de entrar en vigor pero ya están surgiendo algunas dudas, esta vez las que plantean las autoescuelas a través de la CNAE, la Confederación Nacional de Autoescuelas. El problema radica en la posibilidad de que en el examen de conducir se utilicen los sistemas de ayuda a la conducción, los conocidos como ADAS por sus siglas en inglés (Advances Drivers Assistance Systems).

En concreto, desde la CNAE plantean que el uso de estos dispositivos puede ser discriminatorio con respecto a los alumnos que se examinen sin ellos porque el coche de autoescuela no los tenga disponibles.

Por ejemplo, en referencia al sistema automático de activación del alumbrado del automóvil, la DGT señala que si entra en funcionamiento una vez rebasada la señal que advierte de su uso no se aplicará ninguna penalización. Esto podría suponer un agravio con respecto a los alumnos que accionan el dispositivo de forma manual, dado que estos deben hacerlo antes de pasar la señal.

En ese sentido Tráfico señala que “el cambio en el criterio de calificación es específico para la conducción de vehículos con sistema de activación automática de alumbrado conectado”.

Con respecto al sistema de frenado de emergencia, conocido como AEB (Autonomous Emergency Braking) se establece que el aviso de un obstáculo no supone un fallo, pero si llega a intervenir si se consideraría así, dado que según la DGT es equivalente a la intervención del profesor (como si él pisase el pedal de freno).

Desde la CNAE no están de acuerdo y señalan que si el solo aviso no supone un fallo debería permitirse al profesor advertir de un posible obstáculo para que esto no suponga un agravio.

Intervención del profesor

También desde las autoescuelas señalan que calificar en un examen como intervención del profesor la activación del AEB no es justo porque éste no influye en el proceso, dado que es algo totalmente automático. En este caso plantean que se establezca un criterio específico que detalle que el fallo es por activación del sistema ADAS.

Desde la DGT concluyen que se detallará de la siguiente forma: «Intervención del profesor o, en su caso, del sistema de frenado de emergencia (AEB)»El examinador anotará en el apartado de Observaciones el tipo de intervención, si la hubiere.

En cuanto al sistema de ayuda al aparcamiento hay que desconectarlo, pero si se permite la utilización de la cámara de marca atrás y la de 360 grados.

En el caso de los sensores de ayuda, la DGT señala señala que “si durante la realización de la prueba el examinador detectara que el sensor ha entrado en funcionamiento pedirá al aspirante que lo desconecte… (antes de iniciar de nuevo la maniobra). Si el aspirante no supiera desconectar el sensor, se avisará al profesor para que lo haga (y después se volverá a iniciar la maniobra)».